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Nuestro equipo legal experto en inmigración

le asesorará de forma gratuita para conocer su caso y, de poder aplicar para el visado, se encargará de todos los trámites necesarios. Hasta día de hoy, el 100% de nuestros clientes que han aplicado para algún tipo de visado, lo han obtenido de forma satisfactoria.

Los ciudadanos de la mayor parte de los países necesitan una visa para ingresar a los Estados Unidos. Las visas se expiden en los consulados y en las embajadas y permiten a la persona viajar a una puerta de entrada de los EE.UU y solicitar el permiso para entrar al país.

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Más de 150 visas al año por el equipo de USA Gestiones






    Hay dos tipos fundamentales de visas: visas de inmigrante y visas de no inmigrante. Las visas de inmigrante son para personas que tienen intención de vivir en los Estados Unidos. Las visas de no inmigrante son para personas con residencia permanente fuera de los Estados Unidos pero que desean residir en los Estados Unidos de forma temporal.

    TRANSFERENCIA DE EJECUTIVOS O GERENTES DENTRO DE UNA MISMA EMPRESA
    La clasificación no-inmigrante L-1 permite a una compañía extranjera que aún no tiene una oficina afiliada en los Estados Unidos enviar un ejecutivo o gerente a los Estados Unidos con el propósito de crear una oficina.

    REQUISITOS GENERALES DEL EMPLEADOR Y EMPLEADO
    Para calificar en la clasificación L-1 en esta categoría, el empleador debe:

    • Tener una relación elegible con una compañía extranjera (oficina central, sucursal, subsidiaria o afiliada, colectivamente referidas como organizaciones elegibles) y actualmente estar, o estarán haciendo negocios como empleador en los Estados Unidos y en al menos algún otro país, directamente o a través de una organización elegible durante la duración de la estadía del beneficiario en los Estados Unidos como un L-1.

    Además, para calificar, el empleado designado debe:

    • Generalmente, haber estado trabajando para una organización elegible en el extranjero por un período de un año continuo y dentro de los tres años previos a su admisión en los Estados Unidos y procurar entrar a los Estados Unidos con la intención de rendir servicios en capacidad ejecutiva o gerencial a una sucursal del mismo empleador o una de sus organizaciones elegibles.

    Establecimiento de nuevas oficinas para la compañía:

    Para empleadores extranjeros que buscan enviar un empleado a los Estados Unidos como un ejecutivo o gerente, con el fin de establecer una nueva oficina, deben también demostrar que:

    • Se han asegurado suficientes espacios físicos para habitar la nueva oficina.
    • El empleado ha sido contratado como un ejecutivo o gerente durante un año completo dentro de los tres años previos del depositó de la solicitud y
    • Que la oficina en los Estados Unidos brindará apoyo a una posición ejecutiva o gerencial dentro de un año de ser aprobada la petición.

    FAMILIA DE TRABAJADORES CON VISA L-1
    Los empleados transferidos a las oficinas en los Estados Unidos pueden ser admitidos acompañados por su cónyuge e hijos menores de 21 años de edad, por la misma cantidad de tiempo de estadía que el empleado con L-1. Los cónyuges de trabajadores L-1 pueden solicitar autorización para trabajar. De ser aprobada esta solicitud, no hay restricciones específicas de tipo de trabajo.

    La visa E-2 permite a los empresarios extranjeros y a sus familias y vivir y trabajar temporalmente en Estados Unidos.

    Esta Visa puede ser para ti si tienes una cantidad moderada para invertir en los Estados Unidos y habilidades para gestionar un negocio.

    • CARACTERÍSTICAS:
      Es una visa no inmigrante. Esto quiere decir que debe ser renovada periódicamente y que no es una tarjeta de residencia, también conocida como greencard.
    • Se trata de convertirse en propietario de un negocio. Se puede crear partiendo de cero o también es posible comprar un negocio ya existente. El inversor debe venir a los Estados Unidos a desarrollar y dirigir la empresa.
    • El negocio debe ser real y activo. Debe producir un bien o un servicio. Además, debe contar con todos los permisos y licencias necesarios para operar.
    • Tamaño del negocio. No exige un tamaño mínimo, pero sí que es estrictamente necesario que genere beneficios que vayan más allá de meramente cubrir los gastos y necesidades del inversor y su familia. Se pide que se produzca lo que se denomina una contribución importante a la economía. Este requisito se suele considerar como cumplido cuando el negocio genera empleo contratando a ciudadanos americanos. Es muy importante que la empresa sea exitosa.
    • Cantidad a invertir. La ley no establece una cantidad mínima, pero habla de que tiene que ser substancial, que puede variar según el tipo de negocio.
    • Origen del dinero de la inversión. Obviamente, debe ser legal. Además, debe pertenecer al inversionista (ahorros, herencias, inversiones).
    • Familia del inversionista. El esposo, la mujer y los hijos menores de 21 años de los inversionistas pueden contar con una visa derivada para vivir en Estados Unidos. El cónyuge podrá solicitar, una vez en Estados Unidos, un permiso de trabajo que le permitirá trabajar para otra empresa, para la de su pareja o incluso crear su propio negocio.

    Los hijos sólo podrán gozar de esta visa hasta los 21 años, a partir de esa edad tendrán que salir del país o contar con otro visado que les permita permanecer en Estados Unidos.

    VISA E-1

    DEFINICIÓN
    Si usted es ciudadano de un país con el cual los Estados Unidos tienen un tratado comercial y va a entrar en los Estados Unidos únicamente para llevar a cabo comercio de índole substancial principalmente entre los Estados Unidos y su país de nacionalidad, puede ser elegible para esta clasificación. El comercio en cuestión debe existir de hecho (con contratos satisfactoriamente negociados y vinculantes para todas las partes envueltas) y consistir en un intercambio internacional de artículos de comercio entre los Estados Unidos y el país con tratado.

    CRITERIOS DE ELEGIBILIDAD
    Para ser elegible para la clasificación E-l, usted debe demostrar que:

    • Es ciudadano de un país con el cual los Estados Unidos tiene el tratado o convenio requerido.
    • La empresa de comercio para la cual usted está viniendo a los Estados Unidos debe pertenecer al país con tratado (por lo menos el 50 por ciento de la propiedad de la compañía debe tener la nacionalidad del país con tratado).
    • El comercio es de índole sustancial (o sea, una cantidad de comercio suficiente para asegurar un flujo continuo de intercambio internacional de artículos entre los Estados Unidos y el país con tratado).
    • El comercio que usted llevará a cabo es principalmente un intercambio entre los Estados Unidos y el país con tratado del cual es usted ciudadano (Se considera que el comercio es principalmente entre los Estados Unidos y el país con tratado cuando más del 50 por ciento del volumen del comercio internacional llevado a cabo por usted es entre los Estados Unidos y el país con tratado de su nacionalidad).
    • Usted será empleado con responsabilidades ejecutivas o de supervisión, o poseerá habilidades especiales que harán que sus servicios sean esenciales para la operación satisfactoria y eficiente de la empresa, si usted no es el comerciante principal.

     

    VISA EB-5

    El USCIS (U.S. CITIZENSHIP AND INMIGRATION SERVICES) administra el Programa de Inmigrantes Inversionistas, también conocido como “EB-5”. El fin de este programa es estimular la economía estadounidense a través de la creación de empleos y la inversión de capital por parte de inversionistas extranjeros.

    La inversión mínima para calificar en los Estados Unidos es de 1$ millón.

    Se deberán crear o preservar al menos 10 empleos a tiempo completo para trabajadores estadounidenses dentro del plazo de dos años desde que el inversionista inmigrante haya sido admitido a los Estados Unidos como Residente Permanente Condicional.

    El empresario extranjero será responsable personal y principal del capital. No puede ser obtenido por medio de préstamo. Ha de ser adquirido por medio de salarios, negocio legítimo, ganancias de inversiones en bienes raíces, herencia, etc. Se debe proporcionar prueba verificable de la fuente legítima.

    ELEGIBLES
    El inversor puede incluir como elegibles para la residencia a todos sus hijos solteros menores de 21 años. Si uno de sus hijos menores de 21 años ya está estudiando en los Estados Unidos en el momento en que se aprueba la solicitud, también puede obtener la residencia.

    Para la eliminación de las condiciones de residencia, el USCIS basará su decisión en una comparación entre la previsión del empleo creado por el inversor y la creación de empleo real al momento de la presentación de la petición para la eliminación de la condición.

    DERECHOS – BENEFICIOS DE LA RESIDENCIA PERMANENTE EB-5

    • Mayoría de los derechos de los ciudadanos de los Estados Unidos.
    • Establecerse en cualquier parte de los Unidos Estados y salir y volver a entrar al país cuando lo desee.
    • Crear negocios libremente y participar en corporaciones o empresas unipersonales en los Estados Unidos. Los residentes permanentes no necesitan una visa de trabajo para trabajar o hacer negocios en el país.
    • Pagar matrículas relativamente bajas en escuelas de élite.
    • Derechos sociales, educación pública, salud y asistencia médica, seguridad social para la jubilación, etc.

     

    PROCEDIMIENTO
    Una vez que nuestro equipo de abogados especialista en Visa EB-5 establece que el inversor cumple los requisitos básicos de admisibilidad, es invitado a transferir su inversión de $1,000.000 al proyecto.

    La inversión se recuperará por etapas identificadas en el proyecto específico que ofrece la documentación. Por lo general, la mayoría de los proyectos calcula un plazo de cinco años, pero cada proyecto es diferente. La inversión debe considerarse de riesgo conforme a los requisitos del USCIS y no podrá ofrecerse ninguna garantía en cuanto a su recuperación o ganancia por la inversión.

     

    Visados, USA GESTIONES

    USA Gestiones a través de su equipo de expertos en el área de inmigración, se encarga de forma eficiente de la recopilación y preparación de la documentación para la gestión y tramitación del visado correspondiente a su caso, para así someterla ante el departamento de inmigración de los Estados Unidos. Al ofrecer un servicio integral, proporcionamos a nuestros clientes la seguridad y garantía de que la documentación necesaria sometida junto a la aplicación, cumplirá con las leyes, normas y exigencias del departamento de inmigración de los Estados Unidos. Este servicio nos permite disponer de primera mano de toda la información de nuestros clientes, reubicación y mudanza desde su país de origen y/o la referente a la creación o expansión de su empresa (incluida la inversión de transporte en Estados Unidos) entre otras.

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