Hay dos tipos fundamentales de visas: visas de inmigrante y visas de no inmigrante. Las visas de inmigrante son para personas que tienen intención de vivir en los Estados Unidos. Las visas de no inmigrante son para personas con residencia permanente fuera de los Estados Unidos pero que desean residir en los Estados Unidos de forma temporal.
TRANSFERENCIA DE EJECUTIVOS O GERENTES DENTRO DE UNA MISMA EMPRESA
La clasificación no-inmigrante L-1 permite a una compañía extranjera que aún no tiene una oficina afiliada en los Estados Unidos enviar un ejecutivo o gerente a los Estados Unidos con el propósito de crear una oficina.
REQUISITOS GENERALES DEL EMPLEADOR Y EMPLEADO
Para calificar en la clasificación L-1 en esta categoría, el empleador debe:
Además, para calificar, el empleado designado debe:
Establecimiento de nuevas oficinas para la compañía:
Para empleadores extranjeros que buscan enviar un empleado a los Estados Unidos como un ejecutivo o gerente, con el fin de establecer una nueva oficina, deben también demostrar que:
FAMILIA DE TRABAJADORES CON VISA L-1
Los empleados transferidos a las oficinas en los Estados Unidos pueden ser admitidos acompañados por su cónyuge e hijos menores de 21 años de edad, por la misma cantidad de tiempo de estadía que el empleado con L-1. Los cónyuges de trabajadores L-1 pueden solicitar autorización para trabajar. De ser aprobada esta solicitud, no hay restricciones específicas de tipo de trabajo.
La visa E-2 permite a los empresarios extranjeros y a sus familias y vivir y trabajar temporalmente en Estados Unidos.
Esta Visa puede ser para ti si tienes una cantidad moderada para invertir en los Estados Unidos y habilidades para gestionar un negocio.
Los hijos sólo podrán gozar de esta visa hasta los 21 años, a partir de esa edad tendrán que salir del país o contar con otro visado que les permita permanecer en Estados Unidos.
VISA E-1
DEFINICIÓN
Si usted es ciudadano de un país con el cual los Estados Unidos tienen un tratado comercial y va a entrar en los Estados Unidos únicamente para llevar a cabo comercio de índole substancial principalmente entre los Estados Unidos y su país de nacionalidad, puede ser elegible para esta clasificación. El comercio en cuestión debe existir de hecho (con contratos satisfactoriamente negociados y vinculantes para todas las partes envueltas) y consistir en un intercambio internacional de artículos de comercio entre los Estados Unidos y el país con tratado.
CRITERIOS DE ELEGIBILIDAD
Para ser elegible para la clasificación E-l, usted debe demostrar que:
VISA EB-5
El USCIS (U.S. CITIZENSHIP AND INMIGRATION SERVICES) administra el Programa de Inmigrantes Inversionistas, también conocido como “EB-5”. El fin de este programa es estimular la economía estadounidense a través de la creación de empleos y la inversión de capital por parte de inversionistas extranjeros.
La inversión mínima para calificar en los Estados Unidos es de 1$ millón.
Se deberán crear o preservar al menos 10 empleos a tiempo completo para trabajadores estadounidenses dentro del plazo de dos años desde que el inversionista inmigrante haya sido admitido a los Estados Unidos como Residente Permanente Condicional.
El empresario extranjero será responsable personal y principal del capital. No puede ser obtenido por medio de préstamo. Ha de ser adquirido por medio de salarios, negocio legítimo, ganancias de inversiones en bienes raíces, herencia, etc. Se debe proporcionar prueba verificable de la fuente legítima.
ELEGIBLES
El inversor puede incluir como elegibles para la residencia a todos sus hijos solteros menores de 21 años. Si uno de sus hijos menores de 21 años ya está estudiando en los Estados Unidos en el momento en que se aprueba la solicitud, también puede obtener la residencia.
Para la eliminación de las condiciones de residencia, el USCIS basará su decisión en una comparación entre la previsión del empleo creado por el inversor y la creación de empleo real al momento de la presentación de la petición para la eliminación de la condición.
DERECHOS – BENEFICIOS DE LA RESIDENCIA PERMANENTE EB-5
PROCEDIMIENTO
Una vez que nuestro equipo de abogados especialista en Visa EB-5 establece que el inversor cumple los requisitos básicos de admisibilidad, es invitado a transferir su inversión de $1,000.000 al proyecto.
La inversión se recuperará por etapas identificadas en el proyecto específico que ofrece la documentación. Por lo general, la mayoría de los proyectos calcula un plazo de cinco años, pero cada proyecto es diferente. La inversión debe considerarse de riesgo conforme a los requisitos del USCIS y no podrá ofrecerse ninguna garantía en cuanto a su recuperación o ganancia por la inversión.
USA Gestiones a través de su equipo de expertos en el área de inmigración, se encarga de forma eficiente de la recopilación y preparación de la documentación para la gestión y tramitación del visado correspondiente a su caso, para así someterla ante el departamento de inmigración de los Estados Unidos. Al ofrecer un servicio integral, proporcionamos a nuestros clientes la seguridad y garantía de que la documentación necesaria sometida junto a la aplicación, cumplirá con las leyes, normas y exigencias del departamento de inmigración de los Estados Unidos. Este servicio nos permite disponer de primera mano de toda la información de nuestros clientes, reubicación y mudanza desde su país de origen y/o la referente a la creación o expansión de su empresa (incluida la inversión de transporte en Estados Unidos) entre otras.
Somos una empresa dedicada a la gestión legal para la apertura y expansión de empresas dentro y fuera de los EEUU.
We are a company dedicated to legal management for the opening and expansion of companies inside and outside the United States.
Somos uma empresa dedicada à gestão jurídica para abertura e expansão de empresas dentro e fora dos Estados Unidos.
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